Actualización de Licencias.

Mediante la Disposición número 198/04 la Dirección de Habilitaciones Aeronáuticas,  establece que  deberán ser renovadas todas las credenciales aeronáuticas: Licencias de Pilotos, Certificados de Competencias (paracaidistas) etc., dando como plazo dos años desde la fecha de su publicación - Noviembre de 2004 - .  Para realizar este trámite se debe completar la  planilla que acompañamos  (solo la hoja 1) colocando renovación, en el casillero respectivo, adjuntando dos fotografias   y presentarla en el Edificio Cóndor 3er. piso, no siendo necesario exposición policial alguna. Los costos para esta renovación son (al dia de hoy) - Certificados de Competencia $ 10 y  Pilotos todas las categorías $ 25,- . Para conocimiento se transcribe la mencionada disposición. ----------------------------

 

DIRECCIÓN DE HABILITACIONES AERONÁUTICAS

Disposición 198/2004

Apruébase el nuevo formato de los Certificados de Idoneidad Aeronáutica que se extenderán al personal que cumpla funciones a bordo de aeronaves de matrícula Argentina, como así también en la superficie.

Bs. As., 18/10/2004

VISTO lo informado por el Jefe de la División Registro, lo propuesto por el jefe del Departamento Personal Aeronáutico y,

CONSIDERANDO:

Que por Disposición Nº 170/99 (DHA) de fecha 22 de noviembre de 1999 se pusieron en vigencia los diseños de los Documentos denominados Licencias y Certificados de Competencia para las funciones aeronáuticas civiles, los que se han expendido hasta el presente.

Que habida cuenta del tiempo transcurrido y las nuevas posibilidades que permitan la concreción de un nuevo diseño que contemple requisitos que faciliten la identificación del Certificado de Idoneidad Aeronáutica y su individualización con el Titular del mismo, resulta necesaria su actualización.

Que se ha aceptado, por cuestiones de seguridad, la propuesta presentada que utilizaría un sistema informático, con la posibilidad de una impresión de un nuevo diseño en Tarjetas de PVC de color blanco o Celeste, que incluiría la fotografía del Titular del Certificado en el ángulo superior derecho y en el anverso.

Que resulta oportuno, conforme las reglamentaciones vigentes y en concordancia a lo establecido en el Anexo I —Licencias al personal— al Convenio de Aviación Civil Internacional (Chicago 1944), incluir en el nuevo diseño datos en idioma inglés.

Que del análisis de los antecedentes invocados deviene necesario emitir un Acto Administrativo de alcance general que regule aspecto en la materia.

Que la Asesoría Jurídica de la Dirección de Habilitaciones Aeronáuticas ha tenido intervención que le compete.

Que el suscripto es competente para dictar el presente acto administrativo conforme la misión otorgada a la Dirección de Habilitaciones Aeronáuticas en virtud de lo establecido en el Manual Orgánico de esta Dirección (MAPO 64).

Por ello,

EL DIRECTOR DE HABILITACIONES AERONAUTICAS:

DISPONE:

Artículo 1º — Deróguese la Disposición Nº 170/99 (DHA) de fecha 22 de noviembre de 1999.

Art. 2º — Apruébase el nuevo formato de los Certificados de Idoneidad Aeronáutica que se extenderán al personal que cumpla funciones aeronáuticas a bordo de aeronave de matrícula argentina, como así también en la superficie , cuyo modelos en Anexos I y II, se adjuntan, formando parte de la presente Disposición.

Art. 3º — Reconózcase la vigencia del diseño anterior por el término de DOS (2) años a partir de la publicación de la presente, por lo cual, los titulares que posean un Certificado de Idoneidad Aeronáutica que haya sido emitida bajo el diseño previo, deberán presentarse ante la Autoridad Aeronáutica (Dirección de Habilitaciones Aeronáuticas del Comando de Regiones Aéreas) a los efectos de su renovación.

Art. 4º — Póngase a disposición de los interesados, en el Boletín Oficial de la República Argentina y en la Dirección de Habilitaciones Aeronáuticas (Sección Documentación Técnica de la División Documentación del Departamento Control de Gestión) sito en la calle Pedro Zanni 250, Tercer Piso, Sector Amarillo, de la Ciudad Autónoma de Buenos Aries, UN (1) ejemplar completo.

Art. 5º — Regístrese, dése a la Dirección Nacional de Registro Oficial para su publicación, pase al Departamento Control de gestión para dar conocimiento a los Organismos involucrados del Comando de Regiones Aéreas y al Departamento Personal Aeronáutico —División Registro— para su implementación y archivo. —

Hugo E. Argañaraz.

Formularios de renovación de licencias
Para bajarlos necesita el Adobe Acrobat
Bajar Formularios
(Utilizar solamente la hoja 1)
Bajar Adobe Acrobat en forma gratuita.